Retención IRPF autónomos Griñón
Estamos seguros que habrás oído hablar del IRPF en los medios, en conversaciones de amigos y en foros empresariales. Si todavía no tienes claro en qué consiste, cada cuánto hay que hacerlo o qué cantidad hay que deducir, sigue leyendo porque aquí te explicamos todo lo que te interesa saber sobre la retención de IRPF para autónomos en Griñón y el resto de municipios de la Comunidad de Madrid.
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Lo primero que te queremos contar es en qué consiste exactamente el IRPF. Literalmente sus siglas significan Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, es decir, un impuesto que el gobierno impone sobre las ganancias que obtengan los trabajadores. Como ya sabrás, a mayor ganancia, mayor impuesto, aunque depende de los tramos que se facturen cada trimestre.
Retención del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas en la Comunidad de Madrid
Los autónomos de cara a la tributación también son considerados trabajadores, por lo que también están obligados al pago de este impuesto. Los trabajadores por cuenta ajena no tienen que hacer nada porque ese impuesto ya está aplicado en la nómina que reciben cada mes, pero los autónomos tienen que hacer el cálculo ellos mismos. También es importante que sepas que se trata de un impuesto progresivo, o lo que es lo mismo, un impuesto que aumenta a medida que crecen los ingresos (existen tramos y porcentajes ya establecidos por Hacienda). Actualmente (aunque esto cambia con bastante regularidad) el impuesto de IRPF de un autónomo está establecido en un 15%, lo que quiere decir que tienes que abonar a la Agencia Tributaria el 15% de todo lo que hayas facturado en un período de tres meses. Es obligatorio que hagas la liquidación cuatro veces al año, una por cada trimestre.
El IRPF que tiene que pagar cada autónomo a la Agencia Tributaria depende de sus ingresos, ya que se trata de un tributo progresivo, es decir, que aumenta a medida que también crecen los beneficios. Si quieres que te ayudemos a llevar al día tus cuentas, ponte en contacto con nosotros y nos encargaremos absolutamente de todo.
Existe una excepción de cara a ese porcentaje del 15% y es que si eres autónomo y no han desarrollado ninguna actividad profesional durante todo el año pasado, el IRPF se reduce al 7% durante los tres primeros años. Luego pasará a ser del 15% (para las rentas de hasta 15.000 euros). Además, para mayor comodidad (no todos los meses se obtienen los mismos beneficios) también puedes elegir mensualmente la cantidad que quieres cotizar a la Seguridad Social, al igual que ocurre con los trabajadores por cuenta ajena (siempre y cuando no pretendas estar por debajo del mínimo establecido).